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On July 3, 2023, CACEIS completed the acquisition of RBC Investor Services Bank S.A. activities in Europe and Malaysia, which have been rebranded CACEIS Investor Services Bank S.A.

Certain legal and regulatory content pertaining to CACEIS Investor Services Bank S.A. and its branches and subsidiaries (e.g. disclosures, reports, privacy notices and terms and conditions) can still be found here until they are incorporated into the CACEIS website.


Governança local

Carlos Rodríguez de Robles was appointed Deputy CEO of CACEIS on February 11th 2020. Until that, he had been CEO of Santander Securities Services since July 2014.

Carlos was Head of Transaction Banking from 2013 to 2014 and from 2007 to 2009. He was member of the Executive Committee of Santander Global Banking and Markets (SGBM) from 2004 to 2014.

In 2009 he moved to Banco Santander Mexico as Deputy General Manager, member of the Board, and Head of Global Banking and Markets.

Carlos joined Santander in 2004 as head of Business Development and Financial Control of SGBM.

Prior to Santander, Carlos worked as a senior consultant at Mckinsey (2001-2004), working with financial institutions and telecom clients. From 1996 to 1999, he worked at Cemex in Spain and Egypt where he was Head of Capital Markets. He started his career and at Hambros Bank in 1995 in London as an executive in the Investment Banking division.

Carlos received his MBA from the Tuck School of Business at Dartmouth College (Hanover, NH, USA) and got a Bachelor in Economics and Business studies from Universidad Complutense in Madrid, Spain.

Carlos is married with Lola and they are parents of nine.

Deputy Managing Director in Spain and LatAm, he held various functions for Crédit Commercial de France (currently, HSBC France), including within the foreign banking network (Spain, USA, Italy) and Group General Inspection, between 1982 and 2002, before being appointed as a Director of HSBC-DEWAAY Bank in Brussels. He joined Crédit Agricole Investor Services as Chairman and Chief Executive Officer of Fastnet France in 2002, a post he held until 2004. In 2005, he became Head of Market Relations and then later Head of Public Affairs at CACEIS. His responsibilities were then enlarged to include heading up the Communications Department in early 2014. He has also been  Chairman of the French Association of Securities Services Professionals and a member of numerous French and European professional commissions and working groups. On February 2020, he is appointed Deputy Managing Director in Spain and LatAm.

Eric Derobert graduated from Institut d’Etudes Politiques in Paris and has also studied international law.

Madrid

Parque empresarial La Finca
P. Club Deportivo, s/n, Edificio 4 Planta 2a
28223 Pozuelo de Alarcón
+34 911 757 889


Corporate Governance and Remuneration policy


Legal documents


Prevención de blanqueo de capitales


Canales para presentar quejas y reclamaciones

De acuerdo con la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los Departamentos o Servicios de Atención al Cliente y sobre el Defensor del Cliente de entidades financieras, se pone en conocimiento de los clientes o usuarios de CACEIS Bank Spain, S.A.U., la existencia del Servicio de Atención al Cliente de CACEIS Bank Spain S.A.U., donde los clientes podrán dirigir sus quejas o reclamaciones:

  • Parque Empresarial La Finca – Paseo del Club Deportivo, 1, Edificio 4, planta segunda, 28223, Pozuelo de Alarcón, Madrid.
  • Email: atenclienteCACEISSp@caceis.com

El Servicio de Atención al Cliente dispone para resolver las reclamaciones de un plazo máximo de dos meses con carácter general y de quince días hábiles (reclamaciones o quejas presentadas por los usuarios de servicios de pago) de acuerdo con su reglamento de funcionamiento.

Asimismo, en caso de disconformidad con la resolución, o en caso de ausencia de resolución transcurridos los plazos indicados en el reglamento de funcionamiento (quince días hábiles si la reclamación se centra en algún servicio de pago, un mes si son consumidores y dos meses si no son consumidores), el cliente podrá formular su reclamación ante los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores:

  • Servicio de Reclamaciones del Banco de España, calle Alcalá nº 48, 28014 Madrid.

Formulario de reclamación BdE

  • Oficina de Atención al Inversor de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, calle Edison nº 4, 28006 Madrid

Formulario de relamación CNMV

  • Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Paseo de la Castellana nº 44, 28046 Madrid.

Formulario de reclamación DGSFP

Normativa que regula la transparencia y protección al cliente de servicios financieros:

 

Servicio de Atención y Defensa al Cliente:

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor:

  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
  • Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.
  • Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
  • Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
  • Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Condiciones generales de la contratación:

  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
  • Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.
  • Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
  • Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

Servicios de pago:

  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
  • Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.
  • Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
  • Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.
  • Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Servicios de inversión:

  • Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
  • Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
  • Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
  • Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores.

Fondo de Garantía de Depósitos:

  • Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
  • Real Decreto 628/2010 de 14 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
  • Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.”

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