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On July 3, 2023, CACEIS completed the acquisition of RBC Investor Services Bank S.A. activities in Europe and Malaysia, which have been rebranded CACEIS Investor Services Bank S.A.

Certain legal and regulatory content pertaining to CACEIS Investor Services Bank S.A. and its branches and subsidiaries (e.g. disclosures, reports, privacy notices and terms and conditions) can still be found here until they are incorporated into the CACEIS website.


Management local

Carlos Rodríguez de Robles fue nombrado director general adjunto de CACEIS el 11 de febrero de 2020. Hasta entonces, había sido director general de Santander Securities Services desde julio de 2014.

Carlos fue Head of Transaction Banking de 2013 a 2014 y de 2007 a 2009. Fue miembro del Comité Ejecutivo de Santander Global Banking and Markets (SGBM) de 2004 a 2014.

En 2009 se trasladó a Banco Santander México como director general adjunto, miembro del consejo de administración y Head de Global Banking and Markets.

Carlos se incorporó al Santander en 2004 como responsable de Desarrollo de Negocio y Control Financiero de SGBM.

Antes de Santander, Carlos trabajó como consultor en Mckinsey (2001-2004), trabajando con instituciones financieras y clientes de telecomunicaciones. De 1996 a 1999, Carlos trabajó en Cemex en España y Egipto, donde fue responsable de mercados de capitales.

Comenzó su carrera en Hambros Bank en 1995 en Londres como ejecutivo en la división de Banca de Inversión.

Carlos realizó su MBA en el Tuck school of Business del Darmouth College (Hanover, NH, EE.UU.) y es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Complutense de Madrid.

Carlos está casado con Lola y son padres de nueve hijos.

Director General Adjunto en España y Latinoamérica, ejerció diversas funciones para el Crédit Commercial de France (que se convirtió luego en HSBC France), entre 1982 y 2002, incluyendo dentro de la red bancaria extranjera (España, EE.UU., Italia) y la Inspección General del Grupo, antes de ser nombrado Director Ejecutivo del banco HSBC-DEWAAY en Bruselas. Se incorporó a Crédit Agricole Investor Services como Presidente Ejecutivo de Fastnet France (administración de fondos) en 2002, cargo que ocupó hasta 2004. En 2005, pasó a ser Responsable de Asuntos Públicos en CACEIS. Posteriormente, sus responsabilidades se ampliaron para incluir la dirección del departamento de Comunicaciones. También ha sido Presidente de la Asociación Francesa de Profesionales de Servicios de Valores (AFTI) y miembro de numerosas comisiones profesionales y grupos de trabajo franceses y europeos. En febrero de 2020, es nombrado Director General Adjunto en España y Latinoamérica.

Eric Derobert se graduó en el Institut d'Etudes Politiques de París y también ha estudiado derecho internacional.

Madrid

Parque empresarial La Finca
P. Club Deportivo, s/n, Edificio 4 Planta 2a
28223 Pozuelo de Alarcón
+34 911 757 889


Gobierno Corporativo y Política de Remuneraciones


Información legal


Prevención de blanqueo de capitales


Canales para presentar quejas y reclamaciones

De acuerdo con la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los Departamentos o Servicios de Atención al Cliente y sobre el Defensor del Cliente de entidades financieras, se pone en conocimiento de los clientes o usuarios de CACEIS Bank Spain, S.A.U., la existencia del Servicio de Atención al Cliente de CACEIS Bank Spain S.A.U., donde los clientes podrán dirigir sus quejas o reclamaciones:

El Servicio de Atención al Cliente dispone para resolver las reclamaciones de un plazo máximo de dos meses con carácter general y de quince días hábiles (reclamaciones o quejas presentadas por los usuarios de servicios de pago) de acuerdo con su reglamento de funcionamiento.

Asimismo, en caso de disconformidad con la resolución, o en caso de ausencia de resolución transcurridos los plazos indicados en el reglamento de funcionamiento (quince días hábiles si la reclamación se centra en algún servicio de pago, un mes si son consumidores y dos meses si no son consumidores), el cliente podrá formular su reclamación ante los Servicios de Reclamaciones de los Supervisores:

  • Servicio de Reclamaciones del Banco de España, calle Alcalá nº 48, 28014 Madrid.

Formulario de reclamación BdE

  • Oficina de Atención al Inversor de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, calle Edison nº 4, 28006 Madrid

Formulario de relamación CNMV

  • Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Paseo de la Castellana nº 44, 28046 Madrid.

Formulario de reclamación DGSFP

Normativa que regula la transparencia y protección al cliente de servicios financieros:

 

Servicio de Atención y Defensa al Cliente:

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor:

  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
  • Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero.
  • Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
  • Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
  • Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, por la que se modifican la Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Ley 4/2022, de 25 de febrero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Condiciones generales de la contratación:

  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
  • Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.
  • Orden EHA/1718/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
  • Circular 4/2020, de 26 de junio, del Banco de España, sobre publicidad de los productos y servicios bancarios.

Servicios de pago:

  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
  • Reglamento (UE) 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) 924/2009.
  • Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
  • Real Decreto 736/2019, de 20 de diciembre, de régimen jurídico de los servicios de pago y de las entidades de pago.
  • Orden ECE/1263/2019, de 26 de diciembre, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago y por la que se modifica la Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.

Servicios de inversión:

  • Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
  • Circular 7/2011, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos tipo.
  • Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores.
  • Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, relativa a las obligaciones de información y clasificación de productos financieros.
  • Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia del mercado de valores.

Fondo de Garantía de Depósitos:

  • Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos de entidades de crédito.
  • Real Decreto 628/2010 de 14 de mayo, por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, sobre fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores.
  • Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito.”

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